miércoles, 11 de marzo de 2009

CONSULTA LOS INCONTERMS

Los inconterms
Los incoterms son conjuntos de reglas que son reglamentadas por cámara de comercio internacional, esta es la única organización empresarial que representa mundialmente los intereses empresariales.
Son expresiones comerciales con un leguaje internacional, los incoterms regulan cuatro problemáticas:
Unas condiciones al entregar las mercancías.
Distribución de riesgo de las operaciones.
Distribución de coste de la operación.
Distribución de trámite de documentos.
Los incoterms son los encargados de las forma de pago de una exportación, también del pago internacional, consultada atreves de un intermediario que es el encargado de las divisas

Pero no regulan:
La legislación aplicable a los puntos no reflejados en los Incoterms.
La forma de pago de la operación.

Cuando realizamos una negociación (compra o venta) tenemos unos deberes y derechos que se deben cumplir con unas condiciones La ejecución de dicho acuerdo precisa del traslado de la Mercancía de forma que llegue a su destino en las condiciones acordadas, es decir, en un plazo y sin daño.
Para lograr el éxito de que todo salga bien hay realizar el momento y el punto en que el vendedor tiene que realizar unas series de actividades


. LOS GRUPOS DE INCOTERMS Y SU SIGNIFICADO

Los términos comerciales en los Incoterms están divididos en cuatro categorías
Diferentes, cada una de las cuales se refiere a distintas modalidades de contratación,
Identificadas por las letras E, F, C y D.
Grupo E (Salida)
Grupo F (Sin pago del transporte principal)
Grupo C (Transporte principal pagado)
Grupo D (Llegada)


LOS COMERCIANTE

Cuando los comerciantes entran en un contrato para la compra y la venta de mercancías, están libres de negociar términos específicos en su contrato. Estos términos incluyen el precio, la cantidad, y las características de las mercancías. Cada contrato internacional contiene lo qué se refiere como Encoger (reglas internacionales para la interpretación de términos comerciales)

FINALIDAD DE LOS INCOTERMS

Establecer, reglas uniformes para que nos podamos entendernos, y así Cuando se realizan transacciones comerciales internacionales uno de los aspectos que hay que definir es el lugar donde se entregarán las mercancías. Este lugar, pactado previamente entre el exportador y el importador, tiene que quedar reflejado en el contrato de compraventa internacional. Para reflejar como se entregarán las mercancías el contrato se podría hacer de dos formas: definiendo lo más exactamente posible el lugar de entrega, quién se hace cargo del transporte hasta ese lugar, quién asume el riesgo, quién deberá realizar los trámites de importación y/o exportación, etc. y además, en diferentes idiomas, o empleando los INCOTERMS.


En realidad, los INCOTERMS son como una especie de esperanto comercial que consiguen que todos
Los participantes del comercio internacional, independientemente de su nacionalidad y del idioma
Utilizado, sepan con toda claridad, cuales son los límites de su responsabilidad.
En resumen, los INCOTERMS facilitan un conjunto de reglas admitidas internacionalmente que
Permiten una interpretación única de los principales términos utilizados en los contratos de compraventa
Y resto de documentación comercial.
La primera publicación que se efectuó de los Términos Internacionales de Comercio (INCOTERMS)
Fue en el año 1.936 a través de la Cámara Internacional de Comercio de París. Éste fue el primer intento
Para evitar el continuo cúmulo de discordias y pleitos que se producían entre las partes contratantes por
El desconocimiento mutuo de las diferencias existentes en las prácticas comerciales de sus respectivos países.

Por ultimo un breve resumen determino
El término "E" es el de menor obligación para el vendedor: no tieneque hacer nada más que poner las mercancías a disposición delcomprador en el lugar acordado -normalmente en su propio local.Los términos "F" requieren que el vendedor entregue las mercancíaspara el transporte de acuerdo a las instrucciones del comprador.Los términos "C" exigen que el vendedor contrate el transporte en lascondiciones acostumbradas y a sus expensas. Por lo tanto, debe hacerseconstar necesariamente, tras el respectivo término "C", el punto hastael que ha de pagar los costes del transporte. De conformidad con lostérminos CIF y CIP, el vendedor también ha de obtener y pagar unseguro.Los términos "D" son de naturaleza distinta a los términos "C", todavez que, de conformidad con los términos "D", el vendedor responde dela llegada de la mercancía al lugar o al punto de destino en lafrontera o dentro del país de importación convenidos. El vendedor hade soportar la totalidad de riesgos y de costes para hacer llegar lamercancía hasta dicho destino.

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